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Nacionales

Requisitos

• Solicitud de ingreso.
• Currículum Vítae actualizado.
• Acta de Nacimiento certificada o documentación legal equivalente.
• Copia CURP.
• Certificado de estudios de Bachillerato legalizado.
• Certificado de estudios de Licenciatura legalizado.
• Copia certificada del Título Profesional o Cartas con fecha de Examen
• Recepcional (Acta de Grado).
• Copia de Cédula Profesional.
• 2 cartas de recomendación de odontólogos.
• Constancia de solvencia económica.
• 4 fotografías de frente tamaño infantil.
• Sustentar una entrevista con profesores de curso.

Extranjeros

• Solicitud de ingreso.
• Currículum Vítae actualizado.
• Acta de Nacimiento certificada y Apostilla.
• Notas de estudios de Bachiller legalizado y Apostilla.
• Titulo de Bachiller legalizado y Apostilla.
• Notas de estudios de Licenciatura legalizado y Apostilla.
• Título Profesional legalizado y Apostilla.
• Pensum (Planes y Programas de Estudios) de Pre-grado.
• 2 cartas de recomendación de odontólogos.
• Constancia de solvencia económica.
• 4 fotografías de frente tamaño infantil.
• Sustentar una entrevista con profesores de curso.

Requisitos

Acuerdo de La Haya
*Apostilla y Legalización

A partir del 14 de agosto de 1995, México es parte de dicha Convención.

El propósito de la adhesión de México a la Convención de La Haya, fue simplificar el sistema de “legalizaciones en cadena” por un sólo trámite denominado “apostilla”.

Este trámite consiste en certificar que la firma y el sello de un documento público fueron puestos por una autoridad en uso de sus facultades. La apostilla, al igual que la autenticación (legalización), únicamente certifica que la firma o sello que muestra el documento fue emitido por un funcionario público en ejercicio de sus funciones, pero no certifica la validez del contenido del mismo.

En la actualidad existen diversos países que no se han adherido a esta Convención, por lo que los documentos públicos que deban producir efectos entre éstos, deberán ser legalizados de conformidad con lo establecido en el Artículo 2 de dicha Convención:

“Que el país en donde surtirán efectos no se encuentre adherido a la Convención de la Haya, de lo contrario el trámite que procede será el de Apostilla ante la Secretaría de Gobernación.”

Países adheridos a la Convención de la Haya http://www.hcch.net/index_en.php?act=conventions.status&cid;=41